Por ROSALINDA BALLESTEROS Directora del Instituto de Ciencias del Bienestar Integral Tecmilenio
Entra en vigor la NOM-037, condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
El teletrabajo ya está regulado legalmente por el Estado mexicano con la NOM-037 que entró en vigor el martes pasado.
Es un esfuerzo por establecer los mínimos de seguridad y de protección a la salud de los trabajadores en sitios ajenos a las instalaciones que proporciona el patrón, una práctica que ya existía, pero que se volvió más común con las nuevas tecnologías de la información, pero principalmente por la pandemia de covid-19.
Ahora, ya oficialmente, el lugar que designe el trabajador será considerado prácticamente centro de trabajo y por tanto debe cumplir con ciertas condiciones para no incurrir en violaciones a la norma o, dicho de manera positiva, para prevenir accidentes o enfermedades laborales.
El bienestar en las organizaciones es algo que va más allá de las leyes, pero sin duda son un mínimo indispensable que debe considerar cualquier unidad productiva.
La pregunta que ahora nos deberá contestar la realidad es si el nuevo marco normativo funciona en la práctica para brindar mejores condiciones laborales a los trabajadores y al mismo tiempo aumenta o al menos mantiene la productividad y rentabilidad de las empresas, que es lo deseable.
Entre muchas otras medidas, la NOM-37-STPS-2023 Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, precisa que el patrón tiene que tener toda la información del personal que labora desde su casa u otro sitio mediante el uso de las tecnologías de la información; proporcionarle equipo, desde la computadora, asiento ergonométrico, iluminación adecuada, aspectos de seguridad que eviten accidentes, o supervisar que todo se cumpla.
La lista es tan grande que cualquier patrón podría cuestionarse si ello le repercutirá un beneficio económico al aplicar esta norma a todo su personal que trabaje desde fuera.
Los trabajadores también tienen obligaciones que deben cubrir y sólo el tiempo dirá qué tan buena es la norma.
Lo que no está en duda es que el trabajo en casa es una buena medida para fomentar el bienestar entre los colaboradores… si se aplica bien esta política.
El principal atractivo para las personas que realizan teletrabajo es que ya no tienen que gastar muchas horas de su tiempo en trasladarse todos los días al centro laboral.
En tanto, para las organizaciones disminuyen ciertos gastos, como energía eléctrica (iluminación, aire acondicionado, cafeteras, etc.), material de higiene y limpieza, comedor, apoyos para el transporte, entre otros.
Sin embargo, ha sucedido –y la nueva norma limita este tema para prevenir abusos– que los jefes solicitan tareas fuera del horario laboral y las jornadas se prolonguen sin fin, como también que los colaboradores no cumplan con la calidad y horarios de entrega.
Lo más difícil es cómo liderar el trabajo a la distancia y lograr un ambiente sano.
Tres claves del bienestar laboral son:
- Brindar autonomía al colaborador
- Que la persona sienta que aporta valor
- Que goce de buenas relaciones.
Aunque el teletrabajo puede dificultar estas tres áreas, lo fundamental no está en cómo el Estado regula esta actividad, sino cómo las gestionan las empresas.
Hablar todos los días con los colaboradores, reconociendo lo que hacen, retroalimentándolos a tiempo y brindándole los recursos necesarios (incluso por encima de la ley) es como el teletrabajo puede funcionar para ambas partes.
Medir el bienestar, también es fundamental (en el Instituto de Ciencias del Bienestar Integral, tenemos Factor Wellbeing, una herramienta científica que se aplica de manera gratuita). Sin embargo, hay que decirlo, no se puede ser una organización de bienestar si no se cumplen las leyes vigentes.
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